Objeto
Solicitud de fraccionamiento o aplazamiento en el pago de recibos.
Quién puede realizar el trámite
La persona física o jurídica que sea titular de la deuda sobre la que se solicita el fraccionamiento o aplazamiento.
Cómo se puede realizar el trámite
En el caso de que la persona solicitante sea PERSONA JURÍDICA O SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar de esta forma.
Documentación a presentar
Instancia cumplimentada mediante esta solicitud identificando:
Cómo y cuándo se resuelve
Previamente a este trámite se recomienda una consulta verbal en el Ayuntamiento sobre los terminos en que pueden concederse los aplazamientos o fraccionamientos.
Presentada la solicitud, en su caso, se concede el fraccionamiento o aplazamiento mediante resolución con indicación de los plazos en que debe proceder a la liquidación de la deuda.