Objeto
Obtención de licencia para la puesta en funcionamiento de una actividad clasificada (recogida en Anejo 3 de la Ley Foral 17/2020 y su Reglamento de Desarrollo, Decreto Foral 26/2022).
Quién puede realizar el trámite
Cualquier persona física o jurídica, personalmente o a través de representante.
Cómo se puede realizar el trámite
En el caso de que la persona solicitante sea PERSONA JURÍDICA O SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar de esta forma.
Documentación a presentar
Importe
El establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora.
Cómo y cuándo se resuelve
Se recomienda a las personas solicitantes que acudan presencialmente a la unidad tramitadora antes de solicitar la licencia, para el asesoramiento previo sobre la documentación a entregar.
En los supuestos de ampliaciones de la actividad, traspasos y cambios de titular, así como de transmisión de la licencia se estará a lo establecido en la Ordenanza Fiscal.